Micelio
Auto22 de marzo de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Muñoz Valencia Guillermo·Demandado Instituto De Valoracion De Manizales

Tema · dato duro
Proceso Promovido Para Determinar La Existencia De Una Relación Laboral, Presuntamente Encubierta A Través De Contratos De Prestación De Servicios Con El Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Caldas y el Juzgado 2º Laboral del Circuito de Manizales.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso un ciudadano en contra del INVIMA, a través del cual pretendía la nulidad del acto administrativo contenido en un oficio y mediante el cual se le negó el reconocimiento y pago de acreencias laborales derivadas de una vinculación contractual de trabajo, así como la existencia de un contrato realidad entre las partes y el pago de las prestaciones sociales y demás emolumentos, en igualdad de condiciones que un empleado público vinculado a la entidad.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 492/21 mediante la cual estableció que, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de contratos de prestación de servicios con el Estado, de conformidad con el artículo 104 del CPACA.

Con base en lo anterior remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Caldas para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Tribunal Administrativo de Caldas y el Juzgado 2º Laboral del Circuito de Manizales en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Caldas es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido por el señor Guillermo Muñoz Valencia.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-2331 al Tribunal Administrativo de Caldas para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 2º Laboral del Circuito de Manizales.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.